Marta Bergadà: «Poder compartir en Granada con compañeros de profesión nuestra experiencia con la Ley de la Segunda Oportunidad ha sido algo único»

Marta Bergadà: "Poder compartir en Granada con compañeros de profesión nuestra experiencia con la Ley de la Segunda Oportunidad ha sido algo único"

La abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados participó recientemente como ponente en el II Simposio de Segunda Oportunidad de Andalucía Oriental

El Ilustre Colegio de Abogados de Granada (ICAGR) celebró recientemente el II Simposio de Segunda Oportunidad de Andalucía Oriental en el cual se dieron cita unos 300 profesionales jurídicos, entre asistentes presenciales y online, para abordar de forma práctica el concurso de acreedores de personas físicas. Una de las ponentes fue la abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados, Marta Bergadà, quien al finalizar su ponencia señaló que «poder compartir en Granada con compañeros de profesión nuestra experiencia con la Ley de la Segunda Oportunidad ha sido algo único».

Bergadà estuvo presente en la mesa donde se analizó el ‘Concurso sin masa: aspectos prácticos y efectos frente a terceros‘, así como los posibles conflictos que pueden generarse durante el procedimiento. De hecho, estuvo acompañada por la magistrada en comisión de servicio de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Granada, María José Fernández Alcalá y la moderadora fue la vocal primera del Grupo de Consumo del Ilustre Colegio de Abogados de Granada, Pilar Garrido Osuna.

Los puntos que se trataron fueron: ¿Cabe la declaración de un concurso sin masa ante un salario que supere el salario mínimo interprofesional?; ¿Cabe declarar un concursos sin masa de cónyuges en el cual uno de los miembros del matrimonio es empresario y cumple con los requisitos del procedimiento especial para microempresas?; ¿Cabe en un concurso sin masa adecuar el valor de la garantía para limitar el privilegio especial y exonerar la cuantía excedente?; ¿Cabe la exoneración de deuda futura de un concurso sin masa, tras la concesión de la EPI, por ejecuciones sobre bienes que conserva el deudor?; La legitimidad del juez del concurso para los librar oficios de los Juzgados de Primera Instancia, para suspensiones y archivos de ejecuciones, y ¿cómo debe actuar el abogado ante la inseguridad jurídica, por disparidad de criterios de los juzgadores en el concurso sin masa?

En este sentido, Bergadà expuso a todos los presentes la experiencia acumulada en los últimos años en el despacho ubicado en Agramunt. «Con el paso de los años hemos vivido en primera persona los cambios que en la Ley de la Segunda Oportunidad y nos hemos adaptado a ellos para que nuestros clientes tuvieran el máximo de garantías posibles ante un concurso sin masa. Poner nuestros conocimientos sobre la mesa y compartirlos siempre es enriquecedor».

Marta Bergadà, durante el realizado en Granada.

Asimismo, señaló que «asistieron grandes profesionales jurídicos con los que también hemos podido intercambiar opiniones y conocer de primera mano su trabajo. Además, el hecho de que llegaran de diferentes zonas de España también nos permite conocer los criterios de distintos juzgados españoles en cuanto a la Ley Concursal y la Ley de la Segunda Oportunidad y su forma de proceder».

Finalmente, y tras un día repleto de talleres y debates, Marta Bergadà indicó que «participar en estos congresos como ponente siempre es positivo, ya que es de los asistentes que adquieres una visión amplia, experiencias e innumerables aportes”.

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