Talía García: “Debe existir un consenso entre las leyes de los distintos países, unas garantías comunes, pese a que cada país presente una realidad distinta”

Entrevista a Talía García responsable de soporte jurídico en Bergadà Asociados

La responsable de soporte jurídico en Bergadà Asociados explica la realidad a la que se enfrenta diariamente y los cambios de la Ley de la Segunda Oportunidad

Usted ya tiene una dilatada carrera como asesora en Derecho Concursal, pero para quien no la conozca, ¿cómo se presentaría?

Desde hace dos años mi carrera ha estado enfocada en asesorar a clientes que quieren iniciar el procedimiento de Segunda Oportunidad o que tienen dudas sobre su situación de insolvencia. Mientras, he continuado completando mi formación a través de distintos cursos especializados en Derecho Concursal y, a su vez, he cursado un máster.

¿Cómo llegó a Bergadà Asociados?

Cuando acabé el grado en Derecho quise explorar varias opciones. En un principio me decanté por oposiciones, estuve unos meses preparándome para la carrera judicial y fiscal. Finalicé mi etapa como opositora, de la que, sin duda, me quedo con el aprendizaje que obtuve (conocimientos, valores, tenacidad, etcétera).  

Antes de embarcarme a realizar el máster de acceso a la abogacía, quería ver cómo era el día a día de un despacho, de manera que inicié unas prácticas que me permitieran escoger mi camino. Durante las prácticas, conocí a Marta Bergadà y me blindó la oportunidad de trabajar para Bergadá Asociados. En aquel entonces el equipo del despacho era mucho más reducido, hemos crecido.

¿Qué es lo que destacaría de su trabajo como abogada?

Considero que mi mayor cualidad es la empatía. Siempre intento interiorizar la situación del cliente para entender su perspectiva, lo cual me permite establecer una conexión cercana con ellos. Intento que se sientan comprendidos, tranquilizarles y mostrarles que hay soluciones posibles. Les proporcionamos las herramientas necesarias y me conformo con que pueden salir de la reunión más calmados, ya que en la mayoría de ocasiones vienen desolados.    

¿Porqué el Derecho Concursal?

Para ser sincera, cuando inicié esta trayectoria únicamente tenía algunas nociones sobre el concurso de acreedores. Ha sido un proceso de formación constante y todavía queda mucho por delante. Durante la carrera universitaria se aborda de forma superficial el Derecho Concursal, al tratarse de una materia tan específica dentro de la rama del Derecho Mercantil.     

Mas considero que he iniciado este camino en el momento adecuado. Dada la realidad en que vivimos, el Derecho Concursal y, por ende, la Segunda Oportunidad, están en auge. Ello me está permitiendo ver en primera línea la transición de la ley, de sus reformas.

Y más concretamente, ¿porqué enfocarse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Segunda Oportunidad es un concurso de acreedores, pero con calor humano. En este caso, la ley permite brindar una segunda oportunidad a personas naturales. Son tantas las personas que se ven inmersas en una situación económica crítica y que, hasta hace relativamente poco no tenían opción alguna, únicamente subsistir.

Sólo las empresas podían sanearse económicamente, lo cual no tenía demasiado sentido al estar mayoritariamente avaladas por personas naturales, por lo que pese a concursarse, arrastraban a sus avalistas.

Nos guste o no, tal y como está montada la sociedad actual, una persona insolvente no tiene seguridades mínimas (no puede solicitar ayuda financiera ante cualquier imprevisión), por no hablar del acoso al que suele verse sometida. Poderles ayudar y que vuelvan a sentirse productivos, dentro del tráfico económico, es positivo.

En el despacho son varios profesionales trabajando codo con codo. ¿Cuál es su función dentro de ese engranaje?

En gran parte, me encargo del asesoramiento. Al ser materia novedosa, son muchas las dudas que les surgen a los posibles clientes. Yo me encargo de valorar la viabilidad de un procedimiento y aconsejarles con total sinceridad. De ser viable, me encargo de acompañarle durante todo el procedimiento y asesorarle en sus actuaciones: desde la presentación de la demanda del concurso hasta que se le concede la exoneración del pasivo insatisfecho,con “La Noticia” inclusive, que siempre es mi parte favorita.

¿Cómo es la conexión con los clientes?

Generalmente, muy buena. Como en distintos aspectos de la vida, siempre hay una mayor afinidad con unos que con otros, pero al dar un trato tan cercano y estar durante todo el procedimiento acompañándolos, resulta más fácil que se cree un vínculo para trabajar en un ambiente cómodo, de confianza.  

¿Qué es lo que más les preocupa a los clientes?

El moverse por un ambiente totalmente desconocido. Muchos llevan arrastrando la insolvencia muchos años, les resulta muy difícil creer que sus deudas puedan ser perdonadas y, que su forma de vivir, a partir de ese momento, será algo distinta. Los que se encuentran en esta situación de forma más reciente están más tranquilos (todavía no les acechan a llamadas) y, además, hoy en día disponen de mucha información vía Internet, por lo que ya se hacen una idea del cauce que quieren seguir.

¿Qué momento más complicado recuerda?

Durante este tiempo, únicamente he presenciado la culpabilidad en un concurso. El juez, en el auto de conclusión del concurso, puede considerar el concurso culpable o fortuito. Es trascendental porque concluido el concurso, no se puede acceder nuevamente a una segunda oportunidad hasta pasados unos años. Fue complicado ver como a un cliente le declararon un concurso culpable sin merecerlo, bajo nuestro punto de vista y el del administrador concursal. Pero son aspectos inherentes a nuestra profesión.

Y, por el contrario, ¿el mejor momento?

Todas las exoneraciones son momentos gratificantes; sin duda, mi parte favorita es dar “La Noticia”, el resultado de un trabajo bien hecho y la razón de ser por la cual nuestros clientes acuden a nosotros. Pero si tengo que destacar un momento en particular, sería la primera de las exoneraciones en la que intervine de forma más estrecha. Además, eran unos clientes aragoneses y agricultores, con los cuales congenié mucho. Fue un caso de un gran importe, y, como ciudadana aragonesa que también tiene familiares que se enfrentan a las dificultades de las campañas frutícolas, me llenó de ilusión.

¿Es difícil no mezclar las emociones?

A veces resulta complicado. Supongo que tiene que ver con el carácter de cada profesional y, como ya he mencionado, me considero una persona empática. Ello es un arma de doble filo, para mí, positiva en las distintas relaciones sociales.

Ahora bien, pese a que algunos casos se hayan demorado en el tiempo, y ello implique que sean mas cargantes y que la preocupación de los concursados incremente, el resultado que se consigue es bueno y, por tanto, las emociones que aporta son positivas.

Supongo que después de decirles que el juez les ha perdona la deuda con algunos de ellos aún siguen manteniendo contacto. ¿Es fácil para ellos empezar desde cero o hay un proceso de adaptación por el sufrimiento que han padecido?

Claro que les resulta difícil. Muchos de ellos llevan mucho tiempo viviendo en condiciones de presión constante.

Sin embargo, no todas las personas nacen con espíritu emprendedor y quien lo tiene lo suele mantener. Siempre intentamos que asimilen que la caída, en ocasiones inevitable, les aporta aprendizaje para el futuro. Tienen que mantener ese espíritu y cumplir con la función de la ley, no únicamente social.

Centrándonos en la Ley de la Segunda Oportunidad. ¿Por qué cree que es tan desconocida toda?

Es novedosa y ha sido objeto de muy poca promoción.

En relación a lo anterior, ¿cómo puede llegar a más gente, es decir, que se debería hacer para que fuera más conocida?

Promocionar la ley. Realizar constantes artículos informativos y formativos a los cuales tengan acceso todos los ciudadanos. Por ello, desde el despacho ponemos tanto empeño y dedicación a la redacción de posts para la web de Bergadà Asociados. Que se note que vivimos en la sociedad de la información.

¿Son necesarios tantos cambios a menudo en la Ley de la Segunda Oportunidad y en la Ley Concursal?

Diría que . Si bien es cierto que ello produce inseguridad jurídica. Pero, al tratarse de iniciativa europea, debe existir un consenso entre las leyes de los distintos países, unas garantías comunes, pese a que cada país presente una realidad distinta.

La globalización a la que nos enfrentamos en todos los ámbitos hace necesarios los cambios.

Entonces, para ustedes los/las abogados/as, la formación es constante…

Desde luego. Se necesita formación en muchos ámbitos porque cada caso es distinto y presenta muchos alicientes que deben justificarse. Pero ya de por sí, la ley con la que trabajamos es muy líquida, está sometida a múltiples reformas y la jurisprudencia juega un papel muy importante, de manera que tenemos que estar al día.

¿Qué les diría a todas aquellas personas que se encuentran ahogadas por las deudas?

Que la exoneración es posible. Y de no serlo, siempre blindamos posibles soluciones que dejaran al cliente, seguramente, en mejor posición de la que se encuentra.

¿Y si usted pudiera hacer cambios en la Ley de la Segunda Oportunidad, qué cambiaría?

No deberían ser tan estrictos y tajantes en la exoneración de la deuda pública y con los acuerdos de derivación. Y, es injusto que la buena fe del deudor, en sede de deuda pública, quede reducida a la satisfacción económica de la obligación. Ya sin entrar a valorar lo justo o equitativo y, siendo objetiva: el tejido empresarial español, mayoritariamente, lo conforman las pequeñas y medianas empresas. Muchos de nuestros clientes son insolventes porque les ha ido mal su negocio (nada inusual con la crisis inmobiliaria de la que venimos y con la crisis en la que nos encontramos inmersos). De nada sirve que se cierre el acceso a todas estas personas, puesto que las deudas que suelen presentar son públicas o derivadas de entidades públicas. Choca con el carácter esencial de la segunda oportunidad, con su razón de ser, porque rompe con el buen engranaje económico; sin negocios y empresas no puede producirse.

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