¿Cómo actuar ante las reclamaciones de los acreedores una vez declarado el concurso?

¿Cómo actuar ante las reclamaciones de los acreedores una vez declarado el concurso?

La Ley de la Segunda Oportunidad tiene como finalidad dar un respiro a esas personas que se encuentran saturadas por no poder hacer frente a sus deudas

Tener el respaldo de un buen asesoramiento es la mejor herramienta para hacer frente a las reclamaciones de los acreedores cuando el deudor ha solicitado su concurso de acreedores para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Las reclamaciones de los acreedores son uno de los principales problemas con las que el deudor debe lidiar continuamente desde el momento en que se deja de pagar una deuda que, por el motivo que sea, se ha convertido en inasumible para él.

Ante la tremenda insistencia del acreedor por medio de diferentes vías de comunicación, el deudor puede llegar a creer que su mejor o única opción es ignorar estas reclamaciones, o bloquear los números de teléfono desconocidos.

Los continuos correos, las múltiples llamadas y mensajes o el temor a que se abra contra un procedimiento judicial por el hecho de no hacer frente al pago de las deudas crean en el deudor un sentimiento de desespero por no saber cómo frenar el caos en que se convierte su día a día.

Este artículo busca brindar de una mejor solución a las personas que se encuentren atrapadas en esta situación y no sepan cómo salir de ella.

La Ley de la Segunda Oportunidad tiene como finalidad dar un respiro a esas personas que se encuentran saturadas por no poder hacer frente a sus deudas, las cuales les impiden poder avanzar y vivir de una manera más tranquila.

Es por ello que acogerse a esta ley se está convirtiendo en la opción más recomendada por los expertos.

Una vez dado el paso de decidir iniciar este procedimiento y contactar con los profesionales que mejor se adapten a sus necesidades, el cliente debe saber que tiene el respaldo de un profesional en el cual poderse apoyar y asesorar en cada momento, además de tener las herramientas para saber cómo debe actuar a lo largo del proceso, lo cual incluye las reclamaciones de los acreedores.

Al conseguir el auto de declaración de concurso, lo cual acredita que el deudor se encuentra en situación de concurso de acreedores, éste puede tener la tranquilidad de estar bajo el paraguas de este procedimiento concursal.

Es entonces cuando el deudor puede sentir la seguridad de poder contestar a sus acreedores teniendo ya en su mano la respuesta que debe darles.

Lo más aconsejable es atender a los acreedores y recopilar los datos de éstos, como podría ser un número de teléfono y, sobretodo, una dirección de correo electrónico. Y de no tener constancia de la deuda, o de haber perdido el contrato del préstamo, es el momento de solicitarlo.

El objetivo de tener esta información no es otro que poder hacerles llegar el auto de declaración de concurso, indicándoles así la situación en la que el deudor se encuentra y los datos del procedimiento que se está llevando a cabo, tales como el juzgado que conoce el procedimiento o el administrador concursal nombrado.

Además, este correo debe indicar también que, debido a estar inmersos en un procedimiento concursal, las comunicaciones de créditos deben trasladarse al administrador concursal, en el caso de que lo hubiera, o dirigirse directamente al juzgado para poder personarse como acreedor de la persona que solicita el concurso, en el caso de tratarse de un concurso en el que no se hubiera nombrado administrador concursal.

De esta manera, se podrá tener en cuenta, a efectos del procedimiento, la existencia del acreedor junto la deuda que éste reclama a la persona concursada, ya que toda información es importante para poder llevar adelante un proceso limpio y sin ningún tipo de irregularidades.

La solución no es esconderse, al contrario. Llegado el momento de haber decido acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, el deudor debe sentirse arropado por este procedimiento, sabiendo que ante esas incómodas llamadas o insistentes correos tiene una declaración dictada por el juzgado que respalda su situación. Lo que podemos sacar en claro con todo lo expuesto, es que la transparencia del cliente, tanto con los profesionales que llevan su caso como con los acreedores, es pieza fundamental para conseguir un procedimiento más ágil y con unas altas garantías de éxito.

Publicado en Economist & Jurist

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Génesis Alvarado

Asesor jurídico en Bergadà Asociados

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