El juzgado de Mollet del Vallès perdona una deuda de 48.475 euros a un hombre que padece una minusvalía psíquica

El juzgado de Mollet del Vallès perdona una deuda de 48.475 euros a un hombre que padece una minusvalía psíquica

El juez aplica a Ley de la Segunda Oportunidad a dicha persona, que vio como su situación se agravaba por el acoso de los acreedores

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Mollet del Vallès ha perdonado una deuda de 48.475 euros a un vecino de la citada localidad, S. H. R, el cual padece una minusvalía psíquica. En este sentido, el juez concede el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho a dicha persona, representada por el despacho Bergadà Asociados, al aplicar la Ley de la Segunda Oportunidad.

En el correspondiente Auto el magistrado señala que “la exoneración supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración”. Así mismo, indica que “se estiman ser los ingresos del concursado insuficientes para atender al pago de los créditos concursales, no constando tener ningún bien o derecho de realización”. Además, argumenta que ningún acreedor mostró objeciones al archivo de las actuaciones, por lo que ordena la conclusión del concurso y de sus correspondientes piezas incidentales.

En cuanto a los hechos, la abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados, reconocidos especialistas en el campo del derecho concursal a nivel nacional, Marta Bergadà, recuerda que S. H. R. “acudió a nuestro despacho para exponernos su caso. Rápidamente, asumimos que era un caso delicado, por lo que también fue fundamental la ayuda de un familiar del deudor, quien le ha estado acompañando durante todo el procedimiento”.

De hecho, Bergadà explica que su cliente “padece una importante minusvalía psíquica que le causa un serio problema de inestabilidad emocional“. Por ello, “necesita cuidados especiales, medicamentos y una vigilancia constante, que incrementaron sus gastos corrientes muy por encima de sus ingresos”. Ésta fue una de las causas de la situación de desequilibrio patrimonial que le llevaron a solicitar el acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Cabe indicar que S. H. R. “empeoró por el acoso incesante de los acreedores que no paraban de llamarle a todas horas del día con amenazas y reproches“.

Por este motivo, Marta Bergadà se asombra “por la ligereza que han mostrado las entidades crediticias al conceder tarjetas y préstamos a una persona que se le aprecia con claridad que padece de un trastorno psíquico y que no es capaz de valorar íntegramente sus actos”. Finalmente, expone que “cuando le comuniqué que el juez le había perdonado todas las deudas no se lo podía crear. Por fin puede volver a respirar con tranquilidad y olvidarse de todo el calvario que vivió”.

Por otro lado, reflexiona que “la responsabilidad en la concesión del crédito no sólo debe exigírsela al deudor, sino también a las entidades crediticias“. Y es que, “en buena parte, la insolvencia de la mayor parte de familias tras el estallido de la burbuja inmobiliaria viene provocada por la facilidad con la que las entidades financieras ofrecían esos créditos”. En esta línea, recuerda que “al solicitar una hipoteca, muchas entidades ofrecían financiar muebles, viajes y demás, sin tener en cuenta la capacidad real de devolución de esos créditos del cliente”.

“La responsabilidad en la concesión del crédito no sólo debe exigírsela al deudor, sino también a las entidades crediticias”

Marta Bergadà, abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados

La Ley de la Segunda Oportunidad, para poder empezar de cero

La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a las personas que se han visto desbordadas por sus deudas poder empezar de cero.

Tras la reciente reforma de la Ley Concursal, que opera tras su entrada en vigor en el mes de septiembre del pasado año, ha habido una mejora en cuanto a los trámites y tiempos del procedimiento. Ello, unido a que la competencia para conocer de estos casos ha pasado en exclusiva a los juzgados de lo mercantil, que son los verdaderos especialistas en este campo, ha permitido agilizar los trámites del procedimiento.

La Reforma permite elegir dos itinerarios para conseguir la exoneración de las deudas, o sea, el perdón de las deudas: con liquidación del patrimonio o conservando el patrimonio y acogiéndose a un plan de pagos.

“Ya son miles las personas de toda España que han encontrado en la Ley de la Segunda Oportunidad un refugio y una solución para salir de la economía sumergida y volver a un cauce económico normalizado”, y “según datos recientes, sólo en lo que va de año, en los juzgados de Barcelona se han solicitado 168 concursos sin masa y 48 concursos voluntarios, de los que el 90 por ciento son de personas físicas” concluye Marta Bergadà.

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