Nuevas ayudas fiscales para familias numerosas y discapacitados en España

Hay novedades en el sistema tributario de España: nuevas ayudas fiscales. Es una buena noticia y esta vez involucra a las familias que tengan personas discapacitadas a cargo (hijos o ascendentes) y también a las familias numerosas. Estos dos grupos tienen derecho a recibir 1.200 euros anuales en concepto de “Impuestos Negativos” (o sea, una devolución de los mismos).

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El abono se puede solicitar por adelantado, por internet, a razón de 100 euros mensuales. Estas deducciones son acumulables, es decir, que si se da en una misma familia la presencia de ambos casos: familia numerosa y persona con discapacidad, se debitan 2400 euros anuales, si se tienen dos personas con discapacidad dentro de una familia numerosa 3600, y así sucesivamente.

Quienes pueden solicitar el abono anticipado son “Ascendientes –o hermanos huérfanos de padre y madre– que formen parte de una familia numerosa.” y “Contribuyentes con derecho a la aplicación de los mínimos por descendientes o ascendientes con discapacidad.”

Se considera “familia numerosa” a aquella que tenga 3 o más hijos, o a aquella que solo tenga dos, pero uno de ellos presente discapacidad.

Este Impuesto Negativo ya lo percibían las madres trabajadoras con hijos de hasta 3 años.

Los requisitos para acceder a este beneficio pueden leerse en la web de la Agencia Tributaria: www.agenciatributaria.es. En principio se requiere certificado acreditativo de familia numerosa o certificado de discapacidad, número de identificación fiscal (NIF) y Alta en la Seguridad Social o mutualidad y plazos mínimos de cotización.

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En el mismo sitio web (www.agenciatributaria.es), a partir del 7 de enero se podrá cumplimentar el formulario requerido, el 143, uno por cada una de las deducciones a las que se aspira a acceder. El trámite se realiza mediante “cl@ve”, “pin 24 horas”, dni electrónico o certificado digital. La línea telefónica habilitada es 901 200 345. La presentación también se puede hacer personalmente, en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, pero recién desde el 3 de febrero; de todas formas el formulario debe cumplimentarse en línea a través de la página web y debe imprimirse para entregarse en mano.

La noticia es muy buena, ya que 750.000 familias se verán beneficiadas y se ahorrarán entre todas ellas 732 millones de euros en el año 2015.

Los contribuyentes podrán percibir el beneficio aunque su cuota tributaria sea menor a la ayuda. Solicitar el cobro de forma anticipada no es la única opción, ya que de no hacerlo el contribuyente lo recibirá cuando haga su declaración de renta anual.
Además, se ha corregido el salario mínimo por el que se eliminaban las retenciones, que ahora pasa a ser de 12 mil euros anuales y quienes perciban esta cifra o una menor estarán exentos de tributar por IRPF.

Estas medidas lanzadas por Hacienda y previamente anunciadas por el gobierno de Mariano Rajoy, pretenden mitigar la presión que ejercen los impuestos sobre los salarios de los que menos tienen.

En definitiva, ahora son 4 los colectivos a los que hasta ahora alcanza este “Impuesto Negativo”: el preexistente para madres trabajadoras con niños de hasta 3 años, las familias numerosas, y las familias con descendientes discapacitados a cargo o las que convivan con ascendientes discapacitados. También es cierto que la cuantía del beneficio se amplía si hablamos de una familia numerosa de más de 5 hijos.

Habrá voces a favor y voces en contra, lo cierto es que aquellas familias contempladas por las nuevas medidas sentirán un respiro en sus vapuleados bolsillos españoles que tanto han sufrido en los últimos años. Veremos qué pasa con la economía de España en el transcurso del 2015.

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