El juez perdona una deuda de 120.000€ a una empresaria de Mollerussa afectada por la crisis inmobiliaria

El juez perdona una deuda de 120.000€ a una empresaria de Mollerussa afectada por la crisis inmobiliaria

Acuerda un plan de pagos de 49 euros mensuales durante cinco años para pagar a la Seguridad Social y a la OARGTL

El juzgado de Primera Instancia número 6 de Lleida (mercantil) ha perdonado una deuda de 120.152,46 euros a una empresaria de Mollerussa, representada por el despacho Bergadà Asociados, especializado en derecho concursal y en la Ley de la Segunda Oportunidad, afectada por la crisis inmobiliaria y, además, también ha aprobado un plan de pagos de 49,47 euros mensuales durante cinco años para hacer frente a lo que adeuda a la Seguridad Social y al Organismo Autónomo de Gestión y Recaptación de Tributos Locales (OARGTL) de la Diputación de Lleida.

En este sentido, el motivo de la insolvencia fue un aval personal de la empresaria a una sociedad de Mollerussa dedicada a la ebanistería, la cual a raíz de la crisis inmobiliaria y la consecuente caída de clientes no pudo hacer frente a importantes pagos. Esto también generó una deuda pública como administradora de la citada sociedad. De hecho, la deuda con la Seguridad Social acabó ascendiendo a 69.896,54 euros, la de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) a 8.820,76 euros y la del OARGTL a 2.407,83 euros

Ante tal situación, Bergadà Asociados solicitó la exoneración provisional del pasivo insatisfecho y un plan de pago, pero la Seguridad Social se opuso. En una sentencia del 25 de julio, el juez del juzgado de Primera Instancia número 6 de Lleida (mercantil) acabó desestimando la demanda que fue formulada el 17 de junio por la representación de la Seguridad Social, ya que “no están incluidas las deudas públicas por el mero hecho de su origen, aunque sí las deudas de alimentos. Eso significa que el Estado no puede incluir en su nueva norma una excepción contra al derecho de la Unión”.

La deseada exoneración del pasivo insatisfecho

Finalmente, en el correspondiente Auto del pasado 3 de octubre, el juez concedía a la empresaria de Mollerussa la exoneración del pasivo insatisfecho con carácter provisional y aprobaba el plan de pagos en los términos de la propuesta presentada el 10 de junio, “sin que en ningún caso el periodo de cumplimiento puede ser superior a cinco años”.

De este modo, otorga el perdón de las deudas con plan de pagos en el que la mujer tan sólo tendrá que pagar 47 euros mensuales a la Seguridad Social y 2,47 euros mensuales a la OAGRTL durante el citado período tiempo.

Así mismo, desde Bergadà Asociados recuerdan que “con la reforma de la nueva ley la exoneración de la deuda pública se complica, ya que únicamente se prevé un perdón de 10.000 euros tanto para la deuda con Hacienda como con la Seguridad Social”. No obstante, y en relación a este caso, señalan que “esta empresaria de Mollerussa puede mirar el futuro con optimismo y no estar hundida por las deudas que había contraído por culpa de la crisis inmobiliaria”.

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